A- de 2022
Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Demandante Correa Gomez Didier Alberto·Demandado Universidad De Cundinamarca Udec
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias relacionadas con un contrato estatal
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Villavicencio y el Juzgado Octavo Administrativo Oral de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en una demanda ordinaria laboral que interpuso un ciudadano en contra de la Universidad de Cundinamarca, con la finalidad de que se declare que la UDEC le adeuda una suma de dinero por concepto de los honorarios derivados de un contrato de prestación de servicios y que se condene a la demandada al pago.
Tras verificar que la controversia acreditó los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo la Sala Plena estableció que la jurisdicción contencioso administrativa es la competente para conocer las demandas por medio de las cuales se pretende el pago de honorarios derivados de un contrato de prestación de servicios suscrito con una entidad pública de conformidad con los artículos 104.2 y 105 del CPACA.
Con fundamento en lo anterior la Sala ordenó remitir el expediente al Juzgado Octavo Administrativo Oral de Villavicencio para lo de su competencia y para que comunique la decisión.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Segundo. Laboral del Circuito de Villavicencio y el Juzgado
- Octavo. Administrativo Oral de Villavicencio, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
- Octavo. Administrativo Oral de Villavicencio es la autoridad competente para conocer la demanda ordinaria laboral instaurada por Didier Alberto Correa Gómez en contra de la Universidad de Cundinamarca.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-546 al Juzgado
- Octavo. Administrativo Oral de Villavicencio para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado
- Segundo. Laboral del Circuito de Villavicencio.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.